Una publicación de la Asociación de Periodistas de la Provincia de Alicante

Envejecimiento saludable

El deber de cuidar vs. el derecho al cuidado

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¿Sabemos a qué nos referimos cuando hablamos de cuidados? El pasado 16 de diciembre de 2025 asistí, en calidad de miembro de la Asociación Gerontológica del Mediterráneo, a la reunión convocada por el Observatorio de la Vulnerabilidad del Sindic de Greuges de la Comunitat Valenciana, cuyo orden del día era “El desempeño de las funciones de apoyo y protección a las personas con discapacidad por parte de la Administración” y las quejas recibidas en el Observatorio.

La sesión se desarrolló con una breve presentación de la sesión por el Síndic y el personal técnico de la institución relativa al tema y en el marco de expedientes, quejas e investigaciones realizadas, para a continuación, por parte tres ponentes expertos en la materia, realizar análisis y aportaciones desde tres enfoques diversos: Ana Carratalá directora del Centro San Rafael, Fundación Estima, un centro de referencia para la atención de personas con discapacidad intelectual; Virginia Miranzo Gambín, magistrada Juzgado de Familia n.º 6 de Elche; y Cecilia Lorca Amorrich, directora Fundación DECIDE y de la Unidad de Acceso a la Justicia de Alicante (UAJA). 

En la reunión se expusieron algunos casos en que la Administración tiene conferidas funciones de apoyo y protección de personas con discapacidad y en concreto cuando la institución responsable de proporcionar dicha representación y/o asistencia es el Instituto Valenciano de Servicios Sociales, IVASS (el cual, según la última memoria publicada, atiende a más de 1390 personas en 36 centros distribuidos por toda la Comunitat Valenciana y con 4685 cargos curatelares gestionados). Los casos expuestos evidenciaron la omisión del deber de cuidar de la Administración de la persona discapacitada al no atender un requerimiento y/o citación recibida en calidad de representante o cuando al aceptar el cargo automáticamente se bloquea la cuenta bancaria impidiendo el acceso a sus fondos de la persona. Los asistentes a la reunión coincidieron además en que el IVASS no está cumpliendo con esa esencia que requiere el apoyo a las personas con discapacidad cuya médula espinal es apoyar desde la voluntad, deseos y preferencias de la persona con discapacidad. Entre los principales problemas y situaciones detectadas cuando la curatela recae en instituciones públicas como el IVASS, se destacaron: Demoras marcadas en responder peticiones, consultas y reintegros; la lejanía y ausencia de acompañamiento, con falta total de visitas y contacto directo con la persona; no seguimiento de planes personales (ni presencial ni a distancia) y resolución de urgencias solo en horario laboral; criterios generalistas que no atienden el caso concreto; mucha lentitud en asumir casos y en ejecutar cambios.

Todo ello conlleva efectos graves en la vida de la persona y en los equipos de apoyo y una inseguridad jurídica en actos cotidianos, así como retrasos en la toma de decisiones y en el acceso a recursos que implican gastos, además de que se toman decisiones sin contar con la persona o con discrepancias con la voluntad de la persona; o la dificultad para consentimientos informados en salud.

Ante este panorama y haciendo una interpretación, si se me permite, simplista, del ordenamiento jurídico, entiendo que el incumplimiento por parte de la Administración de su deber de cuidar de las personas con discapacidad al no desempeñar la función de apoyo y protección infringe el fundamental derecho a la integridad física y moral, ya que la ausencia de actuación o de apoyo de la administración durante un dilatado tiempo deja a la persona vulnerable expuesta a situaciones que pueden conllevar un daño de su integridad física y/o moral, y ¿acaso ello no es todo lo contrario a cumplir con el deber de cuidar de la persona con discapacidad?

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Si observamos los datos obtenidos del informe anual de quejas del ejercicio 2024 que el IVASS hace público en su página web, se evidencia un incremento del 138,8 % de las quejas respecto del ejercicio 2023, y señala el Instituto que en el año 2024 recibieron 5759 quejas, lo que ayuda a reforzar la idea de la necesidad de que el Instituto cumpla con el deber de cuidar de la persona con discapacidad.

La Fundación Decide (Comunitat Valenciana) es un ejemplo alternativo a la gestión pública cuando la curatela recae en entidades privadas no lucrativas. Creada en 1986 con la finalidad de garantizar el ejercicio de la capacidad jurídica de personas con discapacidad intelectual (PCDI) de Alicante cuando, por resolución judicial, actúa como figura de apoyo. Actualmente son curadoras de 44 personas y con 11 más en preparación de relevo para facilitar transiciones. Es la única fundación de apoyo a PCDI en la provincia de Alicante.

Ya en el turno de intervenciones se expuso el derecho de la persona con discapacidad a reclamar frente a la Administración para ser resarcida de cuantos daños y perjuicios se le hayan causado ante una responsabilidad patrimonial consecuencia del incumplimiento de la Administración en el ejercicio de las funciones de apoyo y protección; pero me pregunto: ¿quién va a ser el apoyo de la persona con discapacidad para redactar e interponer dicha reclamación patrimonial que, además, no está cubierta por la justicia gratuita, ya que es un trámite previo al propiamente judicial pero imprescindible? Y, en fin, como el IVASS es al tiempo su apoyo y parte causante del daño resulta que la persona con discapacidad, que no cuenta con una red de apoyo propio, queda en una situación en la que le va a ser extraordinariamente difícil obtener dicho resarcimiento ante la dificultad de desenvolvimiento de su derecho.

Para evitar ese cuasi imposible ejercicio de un derecho por la persona discapacitada resulta crucial que el IVASS preste la debida atención en el cumplimiento del deber de cuidado para no conculcar el derecho a la integridad física de las personas vulnerables y ello incluso aunque el Instituto no esté dotado de recursos suficientes, pero es mi opinión que la Administración siempre debe cumplir la función de apoyo y protección poniendo sus recursos en primer lugar a disposición de la persona con discapacidad.

Pero el deber de cuidar nos compete a todos, como derecho natural, nuestra sociedad tiene la obligación de cuidar o ayudar y proteger a las personas vulnerables y dado que los cuidados nos atraviesan a todos, ya que todos nacimos necesitándolos y antes o después todos volveremos a ser merecedores del derecho a ser cuidado. Entonces me pregunto, ¿no necesitaremos interiorizar que más que un derecho los cuidados son un deber, una obligación? Y si la respuesta fuera positiva, ¿no deberíamos como sociedad articular una red de apoyo digna para los cuidados? No cualquier red, sino una que dé prioridad a la protección del derecho fundamental a la dignidad e integridad de las personas con discapacidad frente a cualquier otro obstáculo, de suficiencia de recursos o burocrático, que impida dicho desempeño.

Y sí, la importancia de cuidar ha sido reconocida desde nuestros inicios, tanto por los antiguos griegos con la ética de Aristóteles como por las religiones posteriores. ¿Quién no ha escuchado que está bien acudir de buena voluntad a auxiliar a los que pasan adversidades? Pero en estos tiempos se hace necesario volver a poner en valor el deber de cuidar y para ello tenemos que contar con referentes a los que anhelar imitar, personas comprometidas con el deber de cuidar de las personas vulnerables en una sociedad que anhela derechos y las ponentes de la reunión, Ana Carratalá, Virginia Miranzo Gambin y Cecilia Lorca Amorrich, mujeres tenían que ser, bajo mi punto de vista merecen ser calificadas como referentes a seguir por su implicación en los cuidados de las personas con discapacidad y/o vulnerables.

Inmaculada Ruiz Domenech

Abogada y miembro de Asociación Gerontológica del Mediterráneo.

Asociación Gerontológica del Mediterráneo

La Asociación Gerontológica del Mediterráneo (AGM) fue creada en 1989 y está formada por un equipo de profesionales de diferentes ámbitos con el objetivo común de impulsar iniciativas enfocadas a un envejecimiento positivo, activo y saludable.
La AGM trabaja por una sociedad inclusiva y amiga de las personas mayores y los valores que acompañan su andadura son el desarrollo, implicación, colaboración y apoyo en áreas estratégicas como: envejecimiento positivo, envejecimiento activo y saludable, calidad de vida y envejecimiento, nutrición y dieta mediterránea en el envejecimiento, factores protectores para un envejecimiento saludable, salud y envejecimiento, formación y aprendizaje a lo largo de todo el ciclo vital, estrategias ante el deterioro cognitivo y la patología neurodegenerativa y las nuevas tecnologías orientadas a un envejecimiento de calidad.
La página web de la AGM es: https://asogeromed.es/ y el correo para solicitar información: info@asogeromed.es.

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